miércoles, 12 de noviembre de 2014

Consecuencias de la LAU y peticiones de los comerciantes en relación al fin de la renta antigua

La extinción de la moratoria de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la cual se otorgó para que se finalizaran los contratos de los locales alquilados bajo el auspicio de la ley de arrendamientos de 1964, está cada vez más cerca. El 31 de diciembre de 2014 finaliza el plazo y el 1 de enero de 2015, si nada lo impide, unos 30.000 establecimientos comerciales en Andalucía se verán afectados por el cierreDesde nuestra plataforma de Comercios Afectados por el fin de la Renta Antigua instamos a todos los comerciantes a que se unan a nuestra causa.



Con la finalización del plazo de moratoria de los contratos de renta antigua se procedería al cierre de más de 100.00 empresas en toda España de, al menos, 30 años de antigüedad. Entre las principales consecuencias que traería el cierre destacamos:
  • La pérdida del puesto de trabajo de más de 300.000 personas de edad media avanzada que tendrán multitud de problemas para incorporarse de nuevo al mercado laboral.
  • La desertización de las ciudades debido a la desaparición de los comercios insignia de los centros urbanos, que conllevará a la inseguridad del turismo y de la propia ciudadanía.
  • La pérdida de atractivo turístico debida a la desaparición de los comercios tradicionales y la estandarización de la oferta, ya que solo las grandes marcas podrán hacer frente al pago de las rentas elevadas.
  • El encarecimiento de los precios para el consumidor.

Por estas nefastas consecuencias, los afectados proponemos las siguientes modificaciones de la Disposición Transitoria Tercera de la LAU 29/1994:
  • El régimen transitorio de estos contratos, con una nueva moratoria de diez años por lo que la extinción sería de 10 años de la entrada en vigor de la LAU, y no de 20.
  • La actualización de la renta a partir del incremento del IPC de arrendamientos urbano a 31 de diciembre de 2014 de los últimos veinte años y el incremento del IPC general ya aplicado.
  • La indemnización de 18 mensualidades de la renta rechazada por el inquilino.
  • La obligación del arrendador de presentar una oferta al arrendatario en los 30 días siguientes al fin de la moratoria.
  • La creación de una línea oficial de crédito para todas las operaciones realizadas por las empresas afectadas por la finalización de la moratoria.
  • La elaboración de un plan de protección integral del patrimonio comercial histórico en el plazo de seis meses con el fin de conservar la esencia del centro urbano de las ciudades.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Gracias por participar en esta plataforma.